Un cambio clave en el comercio chino: STA Anuncio N.º 17 / 2025

A partir del 1° de octubre de 2025, entra en vigor una regulación de gran impacto para las empresas exportadoras chinas: el STA Announcement No. 17 / 2025 (emitido por la State Taxation Administration, STA). Esta norma introduce ajustes importantes al marco impositivo para las exportaciones, con especial atención a la forma de declarar ingresos, controlar prácticas fiscales y cerrar vacíos de evasión tributaria.

¿Qué cambios introduce esta regulación?

Según China Briefing, la nueva normativa refuerza la transparencia tributaria en exportaciones y delimita cómo se deben declarar los ingresos para diferentes modelos de exportación (autooperado, consigna, agencia).

Algunos puntos relevantes:

  • En exportaciones autooperadas (self-operated exports), los ingresos deben clasificarse como “ingresos comerciales” y distinguir una fracción como “ingresos por exportación autooperada”.

  • En exportaciones bajo consignación o mediante agentes, si ni el exportador ni el agente han declarado impuesto sobre la renta corporativa, el agente debe completar una “Hoja resumen de situaciones de exportación por agencia” (Summary Sheet) que refleje la operación real.

  • El formulario trimestral de pago anticipado del impuesto a la renta empresarial (corporate income tax) incluye columnas separadas para ingresos por exportación autooperada, exportación consigna y comisiones de agencia.

El objetivo aparente es prevenir prácticas como la “venta de declaraciones de exportación” (“buy export”) utilizadas para evadir obligaciones fiscales.

Implicaciones para empresas internacionales y operadores logísticos

Este ajuste no solo afecta a los exportadores chinos, sino también a cualquier compañía que participe en cadenas globales con presencia en China — fabricantes, intermediarios, socios logísticos, agentes de aduana y distribuidores.

  • Para operadores logísticos o agentes en modelos de consignación, el papel declarativo se vuelve más riguroso: deben verificar que los exportadores estén al día con sus obligaciones fiscales para poder proceder con las operaciones.

  • Las transacciones que dependían de estructuras tributarias ligeras o vacíos para optimizar carga tributaria pueden enfrentar mayores costos o la necesidad de reestructuración.

  • Quienes manejan comercio electrónico transfronterizo o envíos de bajo volumen deberán estar más atentos al cumplimiento fiscal interno chino además de las normativas aduaneras.

Qué hacer si tu negocio está involucrado con China

  1. Evalúa tu modelo de exportación (autooperado, consignación, agente) y revisa si tus declaraciones pasadas están alineadas con la clasificación que exige la normativa.

  2. Consulta asesoría fiscal especializada en China, dado que este tipo de regulaciones suelen tener complejidades prácticas particulares al sistema tributario chino.

  3. Coordina con tus socios logísticos y agentes para que las operaciones no queden paralizadas por documentación o requisitos fiscales nuevos.

  4. Actualiza tus contratos y acuerdos comerciales para reflejar las nuevas obligaciones de declaración y responsabilidad fiscal.

Lo que debes saber para importar en Venezuela en 2025

RL-09: Lo que debes saber para importar en Venezuela en 2025

¿Qué es el RL-09?
El Régimen Legal N.º 9 (RL-9) es un permiso del COMEX exigible para determinadas subpartidas del Arancel. Se tramita en línea a través de la plataforma COMEX. (LEGAInseroca Internacional)

¿Desde cuándo es exigible?
El Decreto 5.147 (G.O.E. 6.918, 30/06/2025) entró en vigor 5 días después y redujo a 30 días la dispensa del RL-9. En la práctica, el RL-9 comenzó a exigirse en la primera semana de agosto de 2025 para los códigos afectados. (LEGA)

¿Cómo saber si tu producto está afectado?

  1. Consulta el Arancel de Aduanas 2025 y verifica la columna de regímenes legales (col. 5) de tu código HS.
  2. Si allí aparece RL-9, necesitarás el permiso previo del COMEX para registrar tu DUA.
  3. Ten presente que no son todos los productos: actualmente se trata de “más de 200 códigos”. (LEGA)

Registro y solicitud en COMEX:

  • Inscríbete en el portal COMEX y crea usuario.
  • Carga la factura/proforma, orden de compra/contrato, ficha técnica y justificación (exposición de motivos).
  • Envía la solicitud del RL-9 y espera respuesta en la misma plataforma. (LEGAInseroca Internacional)

Cambios relevantes en la reforma del 30/06/2025:

  • Automotor (Cap. 98): se elimina la partida 9808 y se suprime la exención de IVA en varias partidas del subcapítulo 98.01–98.07. Revisa tu código específico para confirmar si, además, quedó sujeto a RL-9. (LEGA)
  • Pinturas 3209 / RL-20: el certificado SENCAMER (RL-20) se suspendió por 180 días para ciertos productos 3209; esto no implica automáticamente que ahora lleven RL-9. (LEGA)

Consecuencias de no cumplir:
Retención de la mercancía, multas y, en casos graves, pérdida de la mercancía conforme a la Ley Orgánica de Aduanas. (LEGA)

Recomendaciones prácticas:

  • Clasifica bien tu mercancía y valida la columna de RL en el Arancel.
  • Solicita el RL-9 con antelación si tu HS está afectado.
  • Coordina con tu agente aduanal y con tu operador logístico para evitar retrasos. (LEGA)

Reforma G.O.E 6918 del 30/06/2025: Aspectos Claves y Recomendaciones para Importadores

El 30 de junio de 2025 se publicó en la Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.918 un conjunto de reformas legales que impactan directamente el comercio exterior en Venezuela. Estas modificaciones, contenidas en tres decretos presidenciales (N° 5.145, 5.146 y 5.147), introducen cambios significativos en materia aduanera, tributaria y de regulación de importaciones. A continuación, desglosamos los aspectos más relevantes que todo importador debe considerar para garantizar el cumplimiento normativo y evitar contingencias en aduana.


1. Cambios en Nomenclaturas y Regímenes Legales

Uno de los ajustes más destacados es la modificación de los regímenes legales aplicables a ciertos códigos arancelarios. Entre las novedades:

  • Eliminación de la partida 9808, lo que implica que las mercancías antes clasificadas bajo este código deberán ser reevaluadas bajo nuevas categorías.
  • Dispensa de la presentación del Régimen Legal 20 para las subpartidas 3209, facilitando su importación sin este requisito previo.
  • Implementación del Régimen Legal 9 (RL9), que reemplaza la antigua «Licencia de Importación» por un «Permiso emitido por el Comité de Comercio Exterior (COMEX)». Este cambio afecta a más de 200 códigos arancelarios y será exigible a los 30 días de la entrada en vigencia del decreto (5 de julio de 2025).

Recomendación: Verifique si sus productos están sujetos al RL9 y asegúrese de registrar su solicitud en el sistema COMEX, adjuntando documentos como facturas comerciales, órdenes de compra y fichas técnicas.


2. Ajustes en Tarifas Ad-Valorem y Exoneraciones

La reforma también introduce modificaciones en las tasas arancelarias:

  • Posibilidad de aplicar alícuotas distintas al Arancel Externo Común (AEC), incluso 0% ad-valorem, para Bienes de Capital (BK) y Bienes de Informática y Telecomunicaciones (BIT), previa emisión de un Certificado de Exoneración por parte del COMEX.
  • Exoneración del 90% del Impuesto de Importación y del IVA para ciertas mercancías (listadas en el Capítulo II del Decreto 5.146), aplicable por un año desde su publicación.

Recomendación: Consulte el Apéndice I de los decretos para identificar si sus importaciones califican para beneficios fiscales.


3. Suspensión de Exenciones del IVA

Se suspendió temporalmente la exención del IVA establecida en el numeral 1 del artículo 17 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, que antes aplicaba a ciertas importaciones de bienes y servicios .

Excepción: Se mantiene la exoneración del IVA para importaciones realizadas por la Administración Pública Nacional y personas naturales/jurídicas con recursos propios, siempre que cumplan con los códigos arancelarios señalados.


4. Vigencia y Plazos Críticos

  • Entrada en vigencia: 5 de julio de 2025 (5 días después de su publicación).
  • Plazo para cumplir con el RL9: 30 días desde la vigencia (hasta 4 de agosto de 2025).
  • Vigencia de exoneraciones: 1 año desde su publicación (hasta 30 de junio de 2026).

Conclusión: ¿Qué Deben Hacer los Importadores?

  1. Revisar los códigos arancelarios de sus productos para identificar cambios en regímenes legales y beneficios fiscales.
  2. Registrarse en el sistema COMEX y tramitar el RL9 si aplica.
  3. Evaluar impacto financiero por la suspensión de exenciones del IVA.
  4. Aprovechar las exoneraciones vigentes en el corto plazo.

¿Necesita asesoría personalizada? Nuestro equipo está disponible para ayudarle a navegar estas reformas y optimizar sus operaciones de comercio exterior.

 

Nueva Resolución Aduanera en Venezuela: Claves y Oportunidades

 

Publicado en la Gaceta Oficial 6.890 del 6 de marzo de 2025

El Ejecutivo Nacional ha dado un paso crucial para modernizar y regular el comercio internacional en Venezuela con la publicación de la Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.890, que incluye cuatro decretos que reforman parcialmente el marco legal aduanero. Estos cambios buscan dinamizar la economía, fomentar la inversión y simplificar procesos críticos para importadores y exportadores. En este artículo, desglosamos las novedades y su impacto en el sector logístico y comercial.


¿Qué establecen los nuevos decretos?

1. Decreto N° 5.103: Reforma Parcial del Arancel de Aduanas

Este decreto modifica el Decreto N° 4.944 (abril 2024) y introduce cambios significativos:

  • Alícuota del 0% ad valorem para la importación de:
  • Bienes de Capital (BK): Maquinaria, equipos industriales y tecnología.
  • Bienes de Informática y Telecomunicaciones (BIT): Hardware, software y dispositivos críticos para la digitalización.
  • Certificación obligatoria: Para acceder a este beneficio, los importadores deben obtener un certificado del Comité de Comercio Exterior que demuestre:
  • No producción nacional o producción insuficiente de los bienes.
  • Alineación con los objetivos de desarrollo económico del país.
  • Coherencia con la actividad económica de la empresa importadora.

Impacto: Reducción de costos para sectores estratégicos como manufactura, tecnología y energía.


2. Decreto N° 5.104: Exoneraciones en Materia Aduanera

Este decreto establece exenciones fiscales y arancelarias para:

  • Bienes esenciales: Medicamentos, insumos médicos y equipos de salud.
  • Sectores prioritarios: Agricultura, educación y energía renovable.
  • Proyectos de interés nacional: Infraestructura y tecnología.

Ejemplo práctico: Una empresa farmacéutica que importe vacunas podría beneficiarse de exoneraciones totales o parciales.


3. Decreto N° 5.105: Creación del Comité de Comercio Exterior

Se instituye un órgano permanente con las siguientes funciones:

  • Evaluar y aprobar solicitudes de Certificado de No Producción Nacional.
  • Supervisar el cumplimiento de los objetivos de desarrollo económico.
  • Actuar como enlace entre el sector privado y el Ejecutivo Nacional.

¿Por qué es relevante? Agiliza trámites y evita discrecionalidad en decisiones aduaneras.


4. Decreto N° 5.106: Competencias del Comité de Comercio Exterior

Este decreto detalla las atribuciones del Comité, incluyendo:

  • Evaluación de solicitudes: Para acceder a exoneraciones o exenciones.
  • Clasificación de mercancías: Define qué bienes están prohibidos, reservados al Estado o requieren permisos especiales.
  • Actualización de normativas: Ajustes periódicos en tarifas arancelarias y descripciones de mercancías.

Cambios Clave en el Sector Farmacéutico

La resolución introduce ajustes específicos para este sector:

  • Reducción de aranceles: Subpartidas relacionadas con medicamentos, insumos quirúrgicos y equipos de laboratorio.
  • Nuevas descripciones de mercancías: Mayor precisión para evitar confusiones en la clasificación aduanera.
  • Régimen simplificado: Agiliza la importación de productos críticos para la salud pública.

Nuevo Régimen Legal para Importación/Exportación

La Gaceta 6.890 clasifica las operaciones en cuatro categorías:

  1. Prohibidas: Bienes que no pueden ingresar o salir del país (ej: armas no autorizadas).
  2. Reservadas al Ejecutivo Nacional: Hidrocarburos, minerales estratégicos.
  3. Sujetas a permisos: Requieren autorización de ministerios (Salud, Agricultura, etc.).
  4. Libres: Bienes sin restricciones, previo cumplimiento de normativas generales.

¿Cómo Afecta Esto a su Empresa?

  • Oportunidades:
  • Ahorro en costos: Exoneraciones y alícuotas del 0% para BK y BIT.
  • Agilidad en trámites: Comité de Comercio Exterior como ventanilla única.
  • Desafíos:
  • Documentación rigurosa: Certificados de no producción nacional.
  • Actualización constante: Cambios en descripciones y tarifas arancelarias.

Recomendaciones para Importadores y Exportadores

  1. Revise las subpartidas arancelarias: Asegúrese de que sus mercancías estén correctamente clasificadas.
  2. Solicite asesoría técnica: Para obtener el Certificado de No Producción Nacional.
  3. Mantenga registros detallados: Facturas, permisos y certificados de origen.

¿Cómo Puede Ayudarle US Global Logistic?

En US Global Logistic, estamos preparados para guiarle en este nuevo escenario:

  • Asesoría en certificaciones: Gestión integral ante el Comité de Comercio Exterior.
  • Optimización de costos: Aprovechamiento de exoneraciones y alícuotas preferenciales.
  • Cumplimiento normativo: Actualización en tiempo real de cambios legales.

Ejemplo de éxito:
«Ayudamos a una empresa de telecomunicaciones a importar equipos con alícuota 0%, ahorrando un 25% en costos logísticos.»


Conclusión

La Gaceta Oficial 6.890 marca un hito en la modernización del comercio exterior venezolano. Si bien introduce desafíos burocráticos, también abre puertas a oportunidades significativas para empresas innovadoras y estratégicas. La clave está en la preparación y el acompañamiento profesional.

📌 ¿Necesita ayuda para adaptarse a estos cambios?

«En US Global Logistic, no solo seguimos las normas… las anticipamos.»

 

Gaceta oficial, decreto 4.985 donde se prorrogan las exoneraciones

Decreto N° 4.985 de fecha 30/08/24, mediante el cual se prórroga hasta el 31/12/24 la vigencia del Decreto N° 4.907 de fecha 29/12/23, publicado en la gaceta Oficial N° 6.784 extraordinario, nos muestra lo siguiente:

«vigencia de las exoneraciones o beneficios allí señalados, con los términos y condiciones indicados en dicho decreto, extendido hasta el 31/12/24».

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¿Cuáles son los documentos necesarios para traer mercancía al país?

En ocasiones nos encontramos en la necesidad de traer mercancía a Venezuela, en este artículo abordamos los

Los documentos necesarios para traer mercancía al país:

Para todo trámite de importación y exportación se requiere de la presentación de determinados documentos, entre los principales se encuentra la factura comercial. ¿Pero que es una factura comercial?

Este es un documento en el que se fijan las condiciones de venta de las mercancías y sus características. Es como nuestro comprobante  de compra y venta internacional; el cual es exigido para la exportación en el país de origen y para la importación en el país de destino.

La factura comercial es emitida por el exportador, una vez confirmada la operación de venta. Esta se aplica para también ser un soporte para aplicar aquellos pagos que resulten necesarios para el paso de las mercancías por las aduanas; es decir mediante un original de la factura, el importador declara ante la autoridad fiscal de su país, el importe que debe abonar, quien lo abona y la forma de pago que se ha concertado.

Ahora bien ¿Qué datos deben aparecer en nuestra factura comercial?

En ella debes indicar los siguientes datos:

  • Datos del Proveedor: Persona o empresa que se encarga de ofrecer el bien o servicio.
  • Datos del consignatario: Persona o entidad a la que va dirigido el envió.
  • Fechas, nombres y direcciones comerciales del vendedor y comprador.
  • Denominación precisa cantidad de la mercancía y precio.
  • Se deben indicar los Incoterms (es lo que determina cuál de las partes vendedor o comprador, tiene la obligación de asegurar la mercancía, que tipo de póliza debe adquirirse y quien pagara la prima del seguro).

Adicionalmente al embarcador o shipper (persona que hace el transporte de nuestra mercancía) debe enviar el consignatario estos documentos:

  1. Lista de empaque
  2. Documento de embarque ( Ya sea por mar o aire)
  3. Certificado de origen (opcional)

Si tienes dudas o requieres asesoría en la importación estamos a tu disposición. Puedes escribirnos en la sección de comentarios, en contáctenos o enviándonos un correo a info@greyaduana.com

Pasos para entender cómo se traslada tu mercancía

El traslado de mercancía con lleva una gran responsabilidad, ya que cada una puede necesitar diferentes tipos de cuidados o mantenimientos, (como por ejemplo: alimentos que requieran algún tipo de refrigeración), el servicio aduanero le puede brindar soluciones logísticas, para que su mercancía llegue de forma segura y en tiempo real a su destino.

Al respecto, decidimos realizar este artículo para que usted conozca los 5 pasos más importantes para poder lograr este proceso:

Paso 1:

Retiro de la carga

Este primer paso consta en el retiro de la mercancía; desde el almacén o fabrica a la cual usted ha contactado, para adquirir el producto o carga. Nuestra agencia aduanal puede retirarla; de ser necesario desde el lugar donde esta fue fabricada.

Paso 2: 

De la fábrica al puerto

Aquí su mercancía ingresa al puerto. En este punto, se realizan todos los procesos correspondientes, en cuanto a información y documentos legales se refiere; tales como la obtención de permisos, arancelaria y/o certificados necesarios para llevar a cabo, la importación o exportación segura de sus mercancías o cargas. Este proceso debe ser orientado bajo personal profesional y calificado debido a la importancia que requiere para el debido proceso.

Paso 3

Del puerto al flete

Después de haber cumplido con todos los documentos necesarios para el traslado de la mercancía, se realiza la gestión para el transporte o flete internacional de su carga, desde el punto de origen, hacia el destino correspondiente; ya sea por vía marítima o aérea.

Paso 4

Del flete a su destino

La mercancía ha llegado a su destino, nuevamente corresponde hacer una previa revisión, para verificar que la misma llego en perfectas condiciones y que cuenta con todo lo necesario para su pertinente retiro.

Paso 5

Transporte terrestre y el cliente

Aquí su agente aduanal se puede encargar de hacer llegar su mercancía por vía terrestre al lugar de su preferencia, para su posterior entrega directamente al cliente, si así lo desea.